Legal y fiscalidadCómo deducir la comisión de la inmobiliaria en la renta: venta y alquiler
La comisión de la inmobiliaria reduce lo que pagas a Hacienda: cómo se resta en la ganancia de una venta, cómo se deduce en un alquiler y qué factura necesitas.
Lo que pagas a una inmobiliaria no es solo un gasto: en la mayoría de los casos, te ayuda a pagar menos impuestos. Tanto si vendes como si alquilas, los honorarios de la agencia cuentan en tu declaración de la renta, aunque de forma distinta. Te explicamos cómo.
Esta guía es informativa. Cada caso tiene sus particularidades, así que revisa tu declaración con tu asesor.
Si vendes: la comisión reduce tu ganancia
Cuando vendes una vivienda, Hacienda no grava el precio de venta, sino la ganancia patrimonial: la diferencia entre lo que obtienes al vender y lo que te costó comprar. Según el artículo 35 de la Ley del IRPF:
- Al valor de transmisión (el precio de venta) se le restan los gastos y tributos inherentes a la venta que pague el vendedor. La comisión de la inmobiliaria, con su IVA, es uno de ellos.
- Al valor de adquisición (lo que pagaste) se le suman los gastos de la compra: impuestos, notaría, registro y, si la pagaste, la comisión de la agencia de entonces.
Un ejemplo
Vendes por 232.000 euros un piso que compraste por 160.000 euros, con 12.000 euros de gastos de compra. La agencia cobra un 3 % + IVA: 8.422 euros. Pagas también la plusvalía municipal, por ejemplo 1.200 euros.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Precio de venta | 232.000 € |
| Menos comisión de la inmobiliaria (con IVA) | - 8.422 € |
| Menos plusvalía municipal | - 1.200 € |
| Valor de transmisión | 222.378 € |
| Valor de adquisición (160.000 + 12.000) | 172.000 € |
| Ganancia patrimonial | 50.378 € |
Sin restar la comisión, la ganancia sería de 58.800 euros. Con los tipos del ahorro, que empiezan en el 19 %, la comisión te ahorra más de 1.600 euros de impuestos. Si además tienes que calcular la amortización porque el piso estuvo alquilado, el cálculo cambia: tu asesor te ayudará.
Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en otra, o si tienes más de 65 años, puede que la ganancia quede exenta. Y la plusvalía municipal tiene sus propias reglas: las explicamos en cómo se calcula la plusvalía municipal.
Si alquilas: la comisión es un gasto deducible
Si tienes un piso alquilado, lo que pagas a la inmobiliaria es un gasto deducible de los rendimientos del capital inmobiliario, porque es necesario para obtener la renta (artículo 23 de la Ley del IRPF). Se incluye:
- La búsqueda de inquilino, en el año en que la pagas.
- La gestión integral, cada mes del año.
- Las renovaciones y otros servicios de la agencia relacionados con el alquiler.
Si eres un particular, el IVA de la factura no lo recuperas, así que deduces el importe total con IVA. Y como el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual puede tener una reducción, el ahorro real depende de tu caso. Lo detallamos en cómo declarar el alquiler en la renta.
Qué necesitas para deducirla
- Una factura completa a tu nombre, con el NIF de la agencia y el tuyo, la dirección del inmueble, la base imponible y el IVA.
- El justificante de pago, preferiblemente por transferencia.
- Guardar la documentación al menos cuatro años, el plazo en que Hacienda puede revisar tu declaración.
Sin factura, Hacienda puede rechazar el gasto. Pídela siempre, aunque la agencia te diga que «no hace falta».
En Alka, todo facturado
Nuestros honorarios, el 3 % + IVA en la venta y una mensualidad + IVA en la búsqueda de inquilino, van siempre con factura completa a tu nombre. Si tienes la gestión integral con nosotros, te damos cada año un resumen de ingresos y gastos para tu declaración. ¿Vas a vender o alquilar? Empieza por una valoración gratuita.
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